La diputada local Laura Andrea Tovar Saavedra, del grupo legislativo de Morena, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del estado de Querétaro para tipificar el acecho como delito, en el marco de la propuesta conocida como Ley Valeria. Esta iniciativa busca reconocer legalmente el acecho como una forma de violencia que atenta contra la libertad, seguridad y tranquilidad de las personas, con énfasis en la protección de las mujeres. Acompañada por la activista Valeria Macías -cuyo caso inspiró la propuesta- y por Diana Murrieta, presidenta de la organización Nosotras para ellas, la legisladora destacó que la iniciativa representa un esfuerzo colectivo entre activistas, organizaciones civiles y colectivas feministas. También cuenta con el respaldo de la diputada Juliana Rosario Hernández Quintanar. “El acecho es un comportamiento obsesivo, persistente e invasivo que no es una exageración ni un asunto menor. Es un patrón de violencia que muchas veces antecede a crímenes mayores, como el feminicidio. Por eso, proponemos tipificarlo, establecer sanciones claras y actuar desde la prevención”, señaló Andrea Tovar durante la presentación. La propuesta contempla la incorporación de los artículos 157 BIS y 157 TER al Código Penal estatal. Se plantea sancionar con penas de seis meses a dos años de prisión a quien vigile, siga o se comunique insistentemente con otra persona sin su consentimiento, generando afectaciones a su integridad, libertad o estilo de vida. Además, se consideran multas de 500 veces el valor diario de la UMA y de mil a 2 mil UMAs por concepto de reparación del daño. Por su parte, Diana Murrieta subrayó que el acecho debe entenderse como una forma de hostigamiento o vigilancia que genera miedo, ansiedad o cambios significativos en la rutina de las víctimas. Explicó que ya es considerado delito en entidades como Estado de México, Tamaulipas, Guanajuato, Coahuila y Nuevo León, y detalló que la iniciativa en Querétaro contempla agravantes cuando las víctimas son personas en situación de vulnerabilidad, menores, mujeres embarazadas o indígenas, o si el agresor es servidor público o tiene acceso a información privilegiada.
El texto original de este artículo de la Agencia Quadratín. Imagen: Quadratín